Tramite Certificado (Pasado) Judicial
Nombre oficial del trámite: Certificado Judicial
El Certificado Judicial es un documento expedido por el Departamento Administrativo de Seguridad, en el cual se certifica la situación judicial de un ciudadano frente a la justicia y autoridades colombianas. Estipula si el titular no tiene asuntos pendientes con las autoridades judiciales y de policía, o si no es solicitado por las mismas autoridades.
Sirve como requisito para:
* Posesión de empleo.
* Tenencia o porte de armas de fuego.
* Trámite de visa, siempre y cuando sea solicitado por la respectiva embajada.
* Ingresar al vecino país del Ecuador.
* Requerimiento de trámites administrativos.
¿Cómo se realiza?
Para solicitar el Certificado Judicial debe realizar el siguiente procedimiento:
1. Solicite una cita al número telefónico 7 43 12 12 en el horario de Lunes a Viernes de 7:00 a.m. a 4:00 p.m., la cual es asignada para uno de los siguientes puntos de atención:
Paloquemao
Dirección: Avenida Carrera 27 No. 17A - 35
Teléfono: 5 92 12 12
Horario: De acuerdo a la cita programada
SuperCADE CAD
Dirección: Carrera 30 No. 25-90
Teléfono: Línea 195
Horario: De acuerdo a la cita programada.
Super CADE Américas
Dirección: Av. Cra 86 No. 43 - 55 sur
Teléfono: Línea 195
Horario: De acuerdo a la cita programada.
- Cuando solicite la cita le asignarán un código que debe tener presente el día que asista.
2. Acérquese al punto de atención indicado el día y hora asignada y presente los siguientes documentos:
o
Dos (2) fotografías, recientes de 3 x 3 cm. de frente a color fondo azul o blanco.
o
Cédula de ciudadanía original, en buen estado o contraseña certificada.
o
Cancele $ 28.900 a favor del Fondo Rotatorio del DAS en el punto habilitado de pago del lugar donde fué asignada la cita. Amplie esta información consultando en: Pago del Certificado Judicial (Pasado Judicial) **.
NOTA: Para obtener el descuento del 10%, debe presentar original y fotocopia del certificado electoral (Elecciones del 28 de Octubre 2007) con todos los campos diligenciados y anexar fotocopia del mismo, este beneficio está establecido en el artículo 8 literal a.) de la Ley 815 del 07 de julio de 2003,
3. La entrega del Certificado Judicial es inmediata.
Tenga en cuenta
* Sin cita previa no será atendido.
* Ser mayor de edad.
* El Certificado Judicial tiene validez de un (1) año contado a partir de la fecha de expedición.
* Este trámite es personal.
* En los puntos de atención se verificará el código asignado y no podrán ingresar acompañantes o menores de edad.
* La atención para personas en condición de discapacidad y adultos mayores se hace de forma preferencia
Via Bogota.gov.co
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